Para determinar la última voluntad de un fallecido, son necesarios obtener 2 documentos, el primero se obtiene en el Registro Civil del municipio donde la persona hubiese fallecido, este documento es el certificado de defunción que debe ir acompañado del certificado de última voluntad emitido mediante una solicitud al ministerio de justicia. Este último documento es el que nos permite saber si se ha escrito testamento por parte del fallecido antes de su muerte.
Si existe testamento, el reparto de los bienes y derechos del fallecido se harán como se encuentren dispuestos en él. Con la excepción de asegurar una parte para los herederos forzosos que recibirán obligatoriamente una parte de la herencia.
Si no existiera testamento o hubiese sido anulado, se debe pedir ante notario un expediente de declaración de herederos.
Cuando no se produce testamento por parte del fallecido y se resuelve mediante este último proceso, el ministerio se encargará de elegir a los herederos legítimos de la herencia del fallecido, que normalmente se resolverá por los parientes con mayor grado de parentesco dentro de la familia del fallecido.
Una vez identificados a los parientes que recibirán la herencia, se debe aceptar ante notario por parte de los beneficiados, estos podrán elegir si aceptar o no la herencia puesto además de los bienes, se deben aceptar las obligaciones, esto es un hecho inseparable.
Y finalmente, si los beneficiarios deciden rechazar la herencia, ésta irá trasladándose a otros posibles sucesores que se encuentran guiados por un orden preferencial hasta encontrar al legatario.
Publicado en Jurídico