¿Por qué elegir una Sociedad Limitada?
  • 25/07/2022

¿Por qué elegir una Sociedad Limitada?

Como hablamos en el post de los pasos a seguir en la creación de tu empresa, hay que elegir la forma jurídica que va a seguir. 

Antes de decantarnos por un tipo de forma jurídica u otra, tendremos que plantearnos algunas cuestiones. ¿Qué actividad va a seguir? ¿Qué capital disponemos? ¿Cuántas personas integran el proyecto? 

Aunque podemos realizarnos más preguntas, estas tres sientan la base para decantarnos por una forma jurídica u otra. En este post hablaremos de las sociedades limitadas y por qué elegir para nuestra empresa este tipo de personalidad jurídica. 

Características

La responsabilidad de esta forma jurídica es limitada al capital que los socios hayan aportado. Este capital se divide en participaciones que son acumulables e indivisibles. Para poder transferir dichas participaciones necesitaremos del consentimiento de los demás socios. 

El capital mínimo para constituir una sociedad limitada es de 3.000€. El capital social puede ser dineraria o no dineraria, a través de la aportación en especie que sea aceptada por todos los socios.

Con una excepción crear una Sociedad Limitada de Formación Sucesiva. Esta opción permite constituir una empresa sin necesidad de aportar el capital social inicial

Para poder constituir una sociedad limitada es necesario que haya mínimo un socio. Si se diera este caso, nos encontraríamos ante una Sociedad Limitada Unipersonal, que suele ser la más elegida.

Pasos para constituir una S.L.

  1. Registro del nombre

El primer paso que tendremos que realizar es la solicitud del nombre de la sociedad en el Registro Mercantil. Tendremos que inscribir tres nombres por orden de preferencia.

Este trámite se puede realizar de forma telemática y una vez obtenido el nombre tendremos un plazo de tres meses para firmar ante un notario.

  1. Cuenta bancaria

En el caso de que el capital social sea mediante aporte dinerario, tendremos que crear una nueva cuenta bancaria en cualquier banco para depositar la cuantía. 

El banco tendrá que extender un certificado donde quede constancia del desembolso inicial.

Si hubiera aportaciones no dineraria, no se tendría que realizar este paso.

  1. Redacción de los estatutos

Seguido de la apertura de la cuenta, tendremos que ir al notario y constituir la sociedad. Para que el notario pueda constituir la sociedad, tendremos que aportar el nombre de la sociedad, el certificado del banco, el domicilio social, la fecha de cierre del ejercicio, quien es el administrador y el objeto social.

Una vez realizada, la sociedad quedará constituida.

  1. Dar de alta la sociedad

El siguiente paso a realizar será visitar la Agencia Tributaria para rellenar el modelo 036 y así solicitar el NIF y el CIF provisional para comenzar con nuestra actividad. 

Lo siguiente que tendremos que realizar es la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Hacienda Autonómica. Realizaremos la liquidación a través del modelo 600

Una vez obtenida la validación llevaremos la copia autorizada al Registro Mercantil de nuestra comunidad, quedando así inscrita nuestra sociedad. 

Tras este paso, podremos volver a la Hacienda estatal y solicitar el CIF definitivo, el cual no variará con respecto al provisional.

  1. Dar de alta al administrador

A la hora de dar de alta al administrador de la sociedad nos podemos encontrar dos casos.

Si el administrador es socio fundador o familiar directo del socio tendrá que darse de alta como autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Si es el caso contrario, el administrador no es socio fundador ni familiar, deberá abrir el código de cuenta de cotización correspondiente. 

  1. Obtención de las licencias

Como último paso deberemos obtener las licencias necesarias para nuestra sociedad. 

Primero tendremos que conseguir la licencia de apertura en el ayuntamiento de nuestra localidad para poder poner en marcha nuestro negocio. No es necesario que tengamos la licencia en papel para abrir el negocio, una vez realizada la declaración necesaria podremos empezar la actividad. 

Esta declaración no sirve para aquellas actividades peligrosas y molestas. 

También tendremos que solicitar la licencia de medioambiente y la licencia de obra. Además, si nuestra empresa se dedica a un negocio de cara al público tendremos que contratar un seguro de responsabilidad civil

Si necesita ayuda a la hora de empezar su empresa y quiere constituir una Sociedad Limitada, estaremos encantados de ayudarle. No dude en ponerse en contacto con nuestro departamento jurídico. 

 

  Publicado en Fiscal