Las pensiones contributivas son prestaciones económicas y de duración indefinida, aunque no siempre, cuya concesión está generalmente supeditada a una previa relación jurídica con la Seguridad Social (acreditar un período mínimo de cotización en determinados casos), siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos.
La cuantía de esta prestación se determina en función de las aportaciones efectuadas a la Seguridad Social por el trabajador y/o el empresario, según se trate de trabajadores por cuenta propia o ajena.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha dado la confirmación, las pensiones contributivas se revalorizarán un 2,5% en 2022.
Con esta subida, las cuantías mínimas para las pensiones contributivas durante el año 2022 (en 14 pagas) serían las siguientes:
Desde 2013 la edad de jubilación depende de la edad y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de la vida laboral del interesado. De esta manera, la edad de jubilación está fijada en 67 años, aunque puede reducirse hasta los 65 años si se acreditan 38 años y seis meses de cotización. Este tiempo necesario de cotización es el que se aplicará como regla general desde 2027, rebajándose de manera gradual si la jubilación se produce antes de dicho año.
Esta prestación económica trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona cuando ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva, a causa de una enfermedad o accidente.
Las prestaciones por fallecimiento y supervivencia están destinadas a compensar la situación de necesidad económica que produce, para determinadas personas, el fallecimiento de otras.
Durante el próximo año, el importe máximo para las pensiones contributivas se situará en 39.474 euros anuales, que serán abonados a lo largo de 14 pagas.
Publicado en Laboral