Los animales de compañía hoy en día en España son considerados “bienes muebles” según el Código Civil, el pasado 20 de abril de 2021 se volvió a plantear en el Congreso elaborar un cambio legal y que sean considerados “seres vivos con sensibilidad”. No es la primera vez que se propone este cambio, en 2017 también se propuso pero no acabó de llegar a buen puerto, debido a los cambios políticos.
En muchas ocasiones los jueces rehúsan a pronunciarse sobre el destino de los animales y cada uno actúa según su propio criterio ya que no hay ley que establezca qué hacer por eso es muy importante aportar instrumentos jurídicos a los jueces, esta modificación es muy importante para que se pueda regular y aportar seguridad jurídica.
En el Pleno del Congreso la proposición fue modificar el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, cada una de ellas por sus razones.
Actualmente para determinar con quién se quedará la mascota en caso de separación, los juzgados sólo comprueban a que nombre está inscrito el animal.
Si se consiguiera modificar la ley, en el caso de un divorcio con un animal de por medio y en el caso de que los cónyuges no lleguen a un acuerdo, el juez decidirá el destino de estos animales basándose en los intereses del animal y de los miembros de la familia para decidir la custodia del animal.
Con esta modificación no es necesario demostrar que ambos cónyuges son propietarios, sino que se resuelve la custodia compartida para conseguir el mayor bienestar del animal.
La custodia la puede tener cualquiera de los cónyuges independientemente de quién sea el propietario.
Los animales de explotaciones ganaderas, industriales o de recreo no podrán ser incluidos en las hipotecas, este cambio se deberá a la reforma de la Ley Hipotecaria.
En este sentido se realizaría otro cambio ya que al dejar de ser objetos no pueden ser embargables en el caso de ejecución hipotecaria, además se establece el derecho a reclamar los gastos derivados de su cuidado así como qué hacer en caso de maltrato animal o abandono de los mismos.
La reforma de Enjuiciamiento Civil hace referencia a que los animales de compañía no se pueden embargar en caso de impagos.
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