El modelo 361 tiene como objetivo regular las devoluciones de las cuotas del IVA soportadas por empresas o profesionales que no tienen sede en España, ni en la Comunidad Económica Europea, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, por adquisiciones o importaciones realizadas en los anteriores territorios.
La declaración no es de carácter obligatorio, y debes tener en cuenta que el modelo 361 lo deberá presentar el representante residente en el territorio de la aplicación del impuesto nombrado por el solicitante.
La presentación de este modelo siempre es a partir del día en que se soportó el IVA. Los plazos se comprenden:
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