Deben presentar el modelo 360 todos aquellos profesionales y empresarios procedentes de algún Estado Miembro de la Unión Europea que hayan soportado IVA en una operación o transacción intracomunitaria. El importe mínimo para poder presentarlo es de 50 euros.
Se deberá preparar la siguiente documentación de cara a la presentación de este modelo:
Nota: Los empresarios o profesionales establecidos en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla, presentarán la solicitud de devolución de la cuota soportada en el territorio de aplicación del Impuesto a través de este mismo formulario.
Podrás confeccionar y presentar el modelo 360 de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido de No establecimientos desde el día después al que concluye cada trimestre natural. Tal periodo concluirá el 30 de septiembre siguiente por año natural en el que hayas soportado las cuotas a las que haga referencia.
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