La declaración de la renta puede ser modificada por diferentes motivos, ya bien sea por falta de datos, errores en los datos presentados, falta de reducción o deducción a la que se tenía derecho.
Contamos con un plazo de hasta cuatro años desde el día siguiente de la presentación de la declaración para subsanar los errores que hayamos cometido en nuestra declaración siempre y cuando hacienda no haya publicado la liquidación definitiva.
Si presentamos la declaración de la Renta fuera de plazo seguramente seremos sancionados.
La declaración de la renta puede ser modificada de dos formas, para realizar ambas hay que acceder a la pagina Renta Web en la que nos iremos al apartado de “Servicios Disponibles” donde encontraremos las opciones de:
También se puede realizar la corrección accediendo de nuevo al expediente de la Renta y marcando la casilla 127 que corresponde a la solicitud de rectificación de una autoliquidación desde presentaciones externas o desde el fichero.
Cuando se hayan subsanado los errores en la declaración es recomendable comprobar la modificación y los resultados en “Resumen de declaraciones”.
En el siguiente enlace la Agencia tributaria nos explica cómo realizar la modificación paso a paso.
Cómo modificar el borrador de la renta
Estamos aquí para poder ayudaros a saber todos los derechos y obligaciones que tenemos. ¡Contactarnos! Será un placer atendeos.
Publicado en Fiscal